El fallo de la corte no impide reducir el Déficit Fiscal - IDESA

Informe Nº: 66622/08/2016

El fallo de la corte no impide reducir el Déficit Fiscal

El fallo de la Corte sobre la readecuación tarifaria implica que la estrategia de reducir déficit fiscal vía recorte de subsidios llevará más tiempo del planeado. Por lo tanto aumenta la pertinencia de revisar otros componentes del gasto público. En este sentido, reformar el sistema previsional y desmantelar intervenciones nacionales superpuestas con funciones provinciales no […]

El fallo de la Corte sobre la readecuación tarifaria implica que la estrategia de reducir déficit fiscal vía recorte de subsidios llevará más tiempo del planeado. Por lo tanto aumenta la pertinencia de revisar otros componentes del gasto público. En este sentido, reformar el sistema previsional y desmantelar intervenciones nacionales superpuestas con funciones provinciales no solo resultan prioritarias sino que, después de la intervención de la Justicia, pasan a ser urgentes.

La Corte Suprema de Justicia decidió retrotraer parte de los incrementos sobre las tarifas del servicio de gas. En el fallo se argumenta que al tratarse de un servicio monopólico es muy importante respetar el procedimiento que contempla audiencias públicas. Además, se señala que al haberse acumulado más de una década de retraso tarifario se debe dar tiempo para que las familias tengan la posibilidad de reprogramar sus consumos y adapten sus presupuestos. No se prohíbe la readecuación de las tarifas pero se exige apego a los procedimientos y una aplicación gradual para los consumos familiares.

Entre los principales impactos del fallo uno de los más relevantes es que obliga a continuar derivando una importante cantidad de recursos fiscales a subsidiar las tarifas. Esto entra en colisión con el objetivo de reducir el déficit fiscal, condición indispensable para recuperar la estabilidad de precios, la inversión y el crecimiento. La gradualidad que impuso la Corte altera el plan fiscal que se venía sosteniendo.

En este sentido es importante tener en cuenta que los subsidios económicos representaron aproximadamente el 15% del gasto público primario de la Administración Pública Nacional en la primera mitad del año 2016. El resto se integra por:    

  • El 63% se destina a gastos de carácter social (previsión social, salud, educación, vivienda e infraestructura básica).
  • El 16% se aplica al pago de salarios y funcionamiento del Estado.
  • El 6% se destina a inversión pública.   

Estos datos muestran que los recursos fiscales asignados a subsidiar la energía, el transporte y las empresas públicas representan prácticamente un cuarto del gasto social, lo mismo que se gasta en salarios públicos y más del doble de lo que se asigna a obra pública. Se trata de una enorme cantidad de recursos fiscales que en la mayoría de los casos beneficia a personas de ingresos medios y altos, produce ineficiencias y oportunidades de corrupción y ha llevado a la crisis del sector energético. Sin perjuicio de ello, también muestran que la gradualidad que impuso la Corte no necesariamente implica claudicar en el objetivo de reducir el déficit fiscal. Muy por el contrario, existen otros componentes del gasto público donde con adecuadas estrategias se puede mejorar las cuentas fiscales.

Un área ineludible de reformas es el sistema previsional. En este aspecto queda más explicito el error de no haber contemplado en la Ley de Reparación Histórica a los Jubilados cambios en la organización del sistema previsional. El reconocimiento de las deudas es justo y necesario, pero también es imprescindible corregir muchas inconsistencias e inequidades que cobijan las normas previsionales vigentes. Si bien en la ley se contempla la creación de una comisión para abordar el tema, su dinámica resulta demasiado cansina frente a la insolvencia en que se encuentra el sistema jubilatorio.

En el resto del gasto social también hay espacios de reformas. Siguen operando una treintena de programas federales en educación, salud y desarrollo social que en lo que va del año distribuyó $40 mil millones entre las provincias en un esquema heredado de intervenciones nacionales superpuestas con las responsabilidades provinciales. Replanteando este rol, se podría desmantelar estructuras burocráticas inútiles que se fueron acumulando durante décadas bajo la lógica de un Estado nacional invasivo de las funciones provinciales y municipales. 

El fallo de la Justicia en el tema tarifario no es un obstáculo insalvable para cumplir con la meta de reducir el déficit fiscal y, por esta vía, bajar la inflación y aumentar la producción. Por el contrario, es un factor adicional que alerta sobre la necesidad de avanzar de manera más veloz y decidida en la modernización del Estado para convertirlo en un instrumento eficaz de promoción del desarrollo social sustentable y equilibrado.

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