2 de cada 3 jubilaciones fueron otorgadas con normas especiales - IDESA

Informe Nº: 84022/12/2019

2 de cada 3 jubilaciones fueron otorgadas con normas especiales

El tratamiento de las jubilaciones “de privilegio” fue uno de los temas más polémicos en la discusión de la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva. Se trata de otra evidencia de que el sistema previsional demanda un ordenamiento integral que debería ser hecho en conjunto entre la Nación y las provincias. Al abordar la […]

Al abordar la emergencia previsional se produjo un entuerto en torno a los regímenes especiales. Ante la propuesta oficial de suspender a todos los jubilados la aplicación de la fórmula de movilidad, surgió la demanda de los legisladores por exceptuar a los regímenes especiales. Luego de una intensa discusión se terminó creando una comisión especial para que en 180 días proponga al Congreso qué hacer con la movilidad de los regímenes especiales. Luego de este incidente, el presidente de la Nación declaró que se deben eliminar las “jubilaciones de privilegio”.

Los regímenes especiales establecen reglas jubilatorias más beneficiosas que las generales para determinados colectivos de trabajadores. Se trata de requisitos de acceso y/o cálculo del haber inicial y/o reglas de movilidad más ventajosas. A nivel nacional se contemplan regímenes especiales para jueces, políticos, diplomáticos, docentes, científicos, Luz y Fuerza, la empresa Río Turbio y fuerzas de seguridad. A nivel provincial, los empleados públicos aportantes a las cajas no transferidas en la mayoría de los casos también disfrutan de reglas más beneficiosas que el régimen nacional general.

¿Cuál es el peso de los regímenes especiales? Según datos de la Secretaria de Seguridad Social y de las cajas provinciales no transferidas, se observa que:

  • 3 millones de jubilados y pensionados accedieron al beneficio encuadrados en las reglas fijadas para el régimen general.
  • 5 millones de jubilados y pensionados sin aportes o con aportes insuficientes obtuvieron el beneficio a través de pensiones no contributivas y moratorias.
  •  900 mil beneficiarios se jubilaron con algún régimen especial.

Estos datos muestran que, de los casi 9 millones de jubilados y pensionados existentes, aproximadamente un 10% obtuvo su beneficio por un régimen especial. Es decir, reglas previsionales más generosas que las generales. Pero además entre el resto de los jubilados y pensionados, la gran mayoría también obtuvo su beneficio sin cumplir con la totalidad de aportes que exige el régimen general. En conclusión, 2 de cada 3 jubilaciones y pensiones fueron otorgadas con normas diferentes al régimen general.

Que la excepción sea el régimen general demuestra la degradación del sistema previsional y la necesidad de abordar un ordenamiento integral. Suspender transitoriamente la movilidad o la revisión de los regímenes especiales más abusivos (como podrían ser los de jueces, políticos y diplomáticos por lo elevado de sus beneficios) son temas importantes, pero están lejos de ser los únicos. Para darle equidad y sustentabilidad al sistema previsional es necesario un abordaje integral que tienda a la unificación.

La mayoría de los afiliados deberían encuadrar en el régimen general. Las excepciones para compensar envejecimiento prematuro deberían estar científicamente justificadas y los mayores costos derivados del adelantamiento de la jubilación cargados a la actividad que los genera. Para ello es clave un estricto cálculo actuarial que evite subsidios encubiertos. En la misma línea, si algún colectivo de trabajadores aspira a tener haberes previsionales más altos que los del régimen general debería gestionar la diferencia con regímenes complementarios administrados de manera independiente y actuarialmente consistentes.

El ordenamiento previsional es otro de los desafíos que demanda un trabajo conjunto entre la Nación y las provincias. Lo mismo que en otros temas estratégicos como el ordenamiento tributario y el ordenamiento funcional del Estado. En las provincias prevalecen los colectivos típicos de regímenes especiales (docentes, sanidad, seguridad, magistrados, etc.) por lo que resulta altamente pertinente estructurar estrategias comunes. Otros factores que erosionan la sustentabilidad –como la masificación de la doble cobertura derivado de la acumulación de jubilación y pensión– también son temas comunes ya que muchas veces surgen de la combinación de un beneficio nacional con otro provincial. Por lo tanto, el ordenamiento previsional exige un trabajo conjunto y articulado entre jurisdicciones.

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