Informe Nº: 27/03/2024
Desde el punto de vista de los jubilados, pasar a ajustar por inflación detiene el deterioro real de las jubilaciones, pero perpetúa su licuación.
Por Jorge Colina, Presidente de IDESA
La actual fórmula de movilidad jubilatoria es de aplicación trimestral conjugando en un 50% evolución de salarios con otros 50% de evolución de recursos tributarios de la Anses más un tope anual. Este “chino” se inventó en el año 2008, cuando el INDEC había sido intervenido y estaba sospechado de distorsionar la inflación. Como la justicia había ordenado al Congreso dictar una fórmula de movilidad, el gobierno de Cristina Kirchner inventó esta fórmula ante la falta de medición confiable de inflación.
Luego vino el gobierno de Cambiemos, restableció el prestigio del INDEC y cambió la fórmula por 70% inflación y 30% salarios.
Luego vino el Gobierno de Alberto Fernández, cuya impronta fue restablecer todo lo que había hecho Cristina Kirchner y había sido modificado por Cambiemos, entre los que estaba el “chino” de la fórmula de movilidad previsional. Aun cuando ya se medía bien la inflación, se decidió volver al “chino”.
Con la aceleración inflacionaria, esta fórmula produjo una fuerte licuación de jubilaciones. Para tener una idea de órdenes de magnitud, en marzo 2024, el nivel real de las jubilaciones (sin contar el bono) es un 23% inferior al promedio del 2023 y un 50% inferior al promedio 2017. Era de esperar que, cuando la inflación bajara, con la fórmula vieja (el “chino) se daría en el mediano plazo alguna recuperación. En el 2025, la jubilación habría recuperado el nivel del 2023, pero no recuperaría el valor del 2017.
Como la pérdida en las jubilaciones fue tan pronunciada, se formó un consenso en que había que modificar la regla de movilidad para volver a ajustar por inflación y mensualmente. Entonces, la semana pasada, el Congreso constituyó la Comisión de Previsión Social y comenzó la discusión. Incluso el gobierno deslizó un nuevo proyecto de ley ómnibus donde figura el tema de la nueva regla de movilidad con el criterio de inflación mensual.
No había discusión en que tenía que ser por inflación mensual. La discusión pasaba por el “empalme”. Esto es, cuál mes elegir para comenzar a ajustar por inflación.
La “técnica” dice que hay que comenzar a ajustar la jubilación de abril con la inflación de enero. Esto es lo jurídicamente correcto porque la justicia no tolera que, ante un cambio en la regla de movilidad, haya algún período que no se tome en cuenta para la aplicación de la nueva fórmula. Entonces, la vieja fórmula (el “chino”) se aplicó en marzo 2024 con datos correspondientes a octubre, noviembre y diciembre del 2023. Por esto, corresponde que la nueva fórmula comience con el dato de enero 2024.
Sin embargo, parte de la oposición propuso que se comience a aplicar con la inflación de diciembre y la de enero. Esto es una redundancia porque diciembre ya fue utilizada por la fórmula vieja, solo que la fórmula dio un aumento muy bajo (27,3%) porque operó el tope. Pero, como la inflación de diciembre fue alta, esta parte de la oposición igual insiste en que se largue con la inflación de diciembre.
Otra parte de la oposición propuso que la jubilación de abril se ajuste con la inflación de febrero más un 20% que sería una compensación por la inflación de enero. Esta fórmula es jurídicamente débil porque la justicia no tolera los saltos de períodos en los cambios de regla de movilidad. Además, es operativamente compleja porque cuando la ANSES comienza a liquidar las jubilaciones -que es un mes antes del pago- no conoce la inflación del mes anterior.
La propuesta del gobierno en el Congreso era igual que esta última, pero al 20% lo disminuía al 12,5%. Esto causaba rechazo en el Congreso porque se tomaba como un acto deliberado de no ajustar como corresponde las jubilaciones por la inflación de enero. Esto es jurídicamente más débil todavía, que la fórmula anterior.
Intempestivamente, el gobierno se precipita a sancionar su fórmula con un Decreto de Necesidad de Urgencia (DNU). Para evitar estos problemas de “empalme” estipuló que se sigue aplicando la fórmula vieja (el “chino”) hasta junio 2024.
Pero en abril, a título de adelanto, se ajustarán las jubilaciones aplicando inflación de febrero más 12,5% (como propone en su proyecto de Ley Ómnibus) y luego en mayo se aplica marzo y en junio se aplica abril. En junio, se hace el cálculo con la fórmula vieja. Si da mayor, se paga la diferencia. Si da menor, el haber queda más alto que con la fórmula vieja. A partir de julio 2024 ya se aplica solamente la nueva fórmula, que es inflación de dos meses atrás.
El reparo jurídico es que la Justicia ya dijo muchas veces que la fórmula de movilidad tiene que ser sancionada por el Congreso. El recurso de dar adelantos en abril, mayo y junio lo puede hacer el Poder Ejecutivo -hasta por decreto simple-, pero la nueva fórmula que se aplicará a partir de julio debe ser hecha por ley. La Justicia tendrá la última palabra.
Desde el punto de vista de los jubilados, pasar a ajustar por inflación detiene el deterioro real de las jubilaciones, pero perpetúa su licuación. Es decir, a menos que en el futuro se den aumentos extraordinarios de jubilación, el valor real de las jubilaciones quedarán licuadas en 10% por debajo del promedio 2023.
Esta es la contribución que los jubilados hacen al superávit fiscal.
Fuente: el economista