Sistema previsional argentino: cuando la excepción se convierte en la regla - IDESA

Informe Nº: 20/11/2024

Sistema previsional argentino: cuando la excepción se convierte en la regla

La controversia en torno a la jubilación de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner vuelve a poner foco sobre las inconsistencias del sistema previsional argentino. Más allá de la irritación que produce este caso, es testimonio de un sistema donde la excepción es la regla. ¿Cuáles son los números?

Sistema previsional argentino: cuando la excepción se convierte en la regla
Por Virginia Giordano, Jefa de investigación de IDESA

La reciente controversia en torno a la jubilación de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner vuelve a poner el foco sobre las profundas inconsistencias del sistema previsional argentino. Con una asignación mensual que supera los $ 9 millones, producto de su doble pensión —como exmandataria y como viuda del expresidente Néstor Kirchner—, el caso ha desatado un debate nacional: ¿es justo un sistema que permite semejantes privilegios?

Más allá de la irritación que producen los elevados beneficios otorgados a expresidentes, no se trata de un caso aislado, sino que el sistema previsional argentino es un sistema donde la excepción es la regla. Veamos los números.

¿Qué regímenes hay?

Sumando todos los esquemas previsionales que hoy conviven en Argentina, se contabilizan cerca de 10 millones de jubilaciones y pensiones.

  • El régimen general: El 20% de las jubilaciones se otorgan bajo las reglas del régimen general, es decir, a quienes lograron completar los 30 años de aportes requeridos por ley. Estas personas representan el núcleo del esquema previsional contributivo, sustentado en la lógica de que quienes aportan durante su vida laboral reciben una prestación proporcional a esos aportes.
  • Regímenes especiales o diferenciales: Un 18% de las jubilaciones corresponden a regímenes especiales o diferenciales. Estos esquemas, diseñados originalmente para actividades que demandan mayores exigencias físicas o psicológicas (como fuerzas de seguridad, docentes o trabajadores ferroviarios), suelen otorgar beneficios más altos o anticipados respecto al régimen general. Si bien algunos están justificados, otros generan desigualdades notorias, sobre todo cuando se transforman en herramientas para grupos privilegiados.
  • Pensiones no contributivas, Puam y moratorias: El grueso de las jubilaciones y las pensiones, un 62%, se otorga sin cumplir con los aportes completos requeridos. Este grupo incluye pensiones no contributivas para personas en situación de vulnerabilidad (como aquellas con discapacidades); la Pensión Universal para el Adulto Mayor (Puam), destinada a personas mayores de 65 años que no cuentan con aportes suficientes, con un beneficio equivalente al 80% de la jubilación mínima; y las jubilaciones por moratorias previsionales, que permiten a quienes no cumplieron con los 30 años de aportes acceder al beneficio a cambio de regularizar sus deudas previsionales, aunque con costos simbólicos en comparación con lo recibido.

Estos datos muestran que apenas una de cada cinco jubilaciones y pensiones corresponden al régimen general. Las otras cuatro están reguladas por regímenes especiales, diferenciales o fueron otorgadas con el régimen general, pero con la excepción de no cumplir con todos los aportes.

¿Cuál es el problema?

Aunque el régimen especial para exmandatarios genera una fuerte controversia pública, su impacto financiero sobre el sistema previsional es limitado. El verdadero problema radica en la proliferación de regímenes especiales que permiten a ciertos sectores acceder a beneficios con condiciones preferenciales. Este entramado de excepciones afecta no solo la equidad, sino que compromete su sostenibilidad.

Por ejemplo, el caso de Cristina Fernández de Kirchner, quien percibe una doble asignación, no es una anomalía, sino un ejemplo más de un fenómeno masivo y creciente. En muchos casos similares, las pensiones derivadas incluso se han otorgado a cónyuges que estaban separados del titular al momento de su fallecimiento, lo que refleja inconsistencias normativas heredadas de otro tiempo. Estas normas se diseñaron en un contexto histórico en el que la participación laboral femenina era baja y muchas mujeres dependían económicamente de sus esposos. Las pensiones derivadas buscaban entonces garantizar la seguridad económica de las viudas, quienes no contaban con aportes propios ni otro sustento económico.

Sin embargo, la sociedad ha cambiado. En la actualidad, es cada vez más común que las mujeres tengan su propio empleo formal y, al llegar a la edad requerida, accedan a una jubilación basada en sus propios aportes. Este nuevo escenario ha llevado a una masificación de la doble cobertura previsional, donde un mismo hogar puede percibir dos beneficios simultáneamente, algo que no siempre resulta sostenible ni justo en términos del financiamiento del sistema.

Más que el enfoque en este caso puntual, el principal desafío es avanzar hacia un ordenamiento integral del sistema previsional. Esto requiere una reestructuración basada en el principio de igualdad ante la ley, eliminando gradualmente los tratamientos especiales y ajustando las normativas para que reflejen las realidades actuales.

Fuente: La Voz

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