Informe Nº: 54925/05/2014
La sanción de la ley de agravación de penas por no registración laboral y reducción de cargas sociales reconoce que los avance en formalización laboral en Argentina son tímidos. Uruguay, en cambio, logró bajar la incidencia del empleo no registrado de manera mucho más acelerada. La principal diferencia es que en Uruguay formalizarse cuesta menos […]
La sanción de la ley de agravación de penas por no registración laboral y reducción de cargas sociales reconoce que los avance en formalización laboral en Argentina son tímidos. Uruguay, en cambio, logró bajar la incidencia del empleo no registrado de manera mucho más acelerada. La principal diferencia es que en Uruguay formalizarse cuesta menos y reditúa más, tanto a los trabajadores como a las empresas.
La Argentina viene disfrutando de un largo ciclo de bonanza económica. Entre los años 2003 y 2013, el Producto Bruto Interno (PBI) se expandió un 90% en términos reales y la cantidad de puestos de trabajo asalariados privados registrados creció en 2,7 millones. Sin embargo, la no registración todavía afecta a 1 de cada 3 trabajadores asalariados en el sector privado. La persistencia de los problemas laborales demuestra que para reducir la informalidad laboral no alcanza con el crecimiento económico. Este diagnóstico subyace en la ley que acaba de sancionar el Congreso Nacional por iniciativa del Poder Ejecutivo.
La norma prevé, por un lado, agregar sanciones a quienes contratan “en negro”. Para ello, se crea un registro de infractores (REPSAL) que inhabilitará a ser proveedor del Estado, ser monotributista y computar salarios como gasto en el cálculo del impuesto a las ganancias. Por el otro, se contempla la reducción de contribuciones patronales. Será del 50% (aplicado sólo sobre el 17% del salario que se paga con destino a ANSES y PAMI), para las empresas con menos de 5 trabajadores y entre 100% y 25%, por el término de 2 años, por los nuevos trabajadores y sólo para las empresas con hasta 80 trabajadores.
Una estrategia diferente en materia de lucha contra la informalidad laboral viene aplicando Uruguay. De allí que resulta pertinente comparar los resultados alcanzados en términos de reducción de la incidencia del empleo asalariado privado no registrado:
· Entre los años 2003 y 2013, en la Argentina se pasó de 46% a 34%.
· En el mismo periodo en Uruguay la reducción fue desde el 34% al 16%.
· Esto implica que la caída de la incidencia de la informalidad laboral en Argentina fue del 26% mientras que en Uruguay fue del 53%.
Ambos países disfrutan, desde la salida de la crisis a comienzos de la década pasada, de un contexto internacional inéditamente favorable que repercute en crecimiento de la actividad productiva y generación de empleos. Sin embargo, los resultados en términos de reducción de la informalidad son muy diferentes. Los tímidos progresos alcanzados en la Argentina llevan a que, en la actualidad, duplique el nivel de informalidad que sufre Uruguay.
Que frente a similares ciclos económicos se alcancen resultados tan dispares se explica fundamentalmente por la diferencia en la calidad de las políticas públicas. En Uruguay, las cargas sociales son mucho más bajas. En la Argentina son de 43% mientras que en Uruguay son de 33%, sumando aportes personales y contribuciones patronales. Con la nueva ley, las empresas argentinas hasta 5 trabajadores pagarán 35% de cargas sociales (menos que hoy, pero más que en Uruguay) y las empresas con entre 16 y 80 trabajadores pagarán este nivel, pero sólo por los nuevos trabajadores y en su primer año de trabajo.
Probablemente, más importante son las diferencias en la calidad de los beneficios que brinda la seguridad social. Los ejes de las reformas que viene aplicando el gobierno uruguayo sobre el sistema se seguridad social apuntan a perfeccionar el sistema previsional mixto que combina reparto con capitalización individual (gestionados por las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional); ofrecer servicios de salud valorados por la sociedad (gestionados por las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva); darle la tranquilidad a los trabajadores y a las empresas que los salarios durante una enfermedad no laboral serán cubiertos por el seguro social; y reducir la carga administrativa junto con mantener bajos los niveles de litigiosidad laboral. En Argentina, en cambio, no hay cobertura por enfermedad no laboral; se eliminó el sistema previsional mixto para pasar a uno público que paga jubilaciones muy bajas; los servicios de salud no se diferencian de los hospitales públicos para los salarios bajos; la registración laboral es burocrática y la litigiosidad exacerbada.
En Uruguay formalizarse cuesta menos y reditúa más. Tanto para los trabajadores como para las empresas los aportes son más accesibles y los beneficios valorados como “salario diferido”. Por eso, inducen a la formalización. En la Argentina, por el contrario, la percepción generalizada es que se aporta mucho y esto no redunda en una mejor jubilación, ni mayor calidad en el servicio de salud. Tampoco le evita a la empresa el juicio laboral o hacerse cargo de los salarios frente a una enfermedad no laboral.