Informe Nº: 82906/10/2019
La Corte Suprema cuestionó los decretos a través de los cuales el gobierno nacional dispuso reducir IVA a alimentos, Ganancias y Monotributo. Resulta pertinente el rechazo a esta inconsulta afectación de ingresos de las provincias, pero demagógica e incoherente la manera en que la Corte Suprema lo instrumentó. Luego del resultado adverso en las […]
Luego del resultado adverso en las PASO, el gobierno nacional decidió a través de dos decretos reducir al 0% el IVA en un conjunto de alimentos de la canasta básica (aceite, arroz, azúcar, conservas, harina, huevos, leche, pan, pastas y yogur), reducir el Impuesto a las Ganancias de las personas y bonificar el pago del Monotributo. El objetivo buscado fue aliviar el impacto inflacionario ocasionado por la aceleración de la devaluación, luego de las primarias, mediante la reducción transitoria de la presión tributaria.
La medida fue rechazada por la mayoría de las provincias. Quince de ellas solicitaron a la Corte Suprema medidas cautelares para evitar que se les afecte los ingresos provenientes de la coparticipación. Muy rápidamente –para lo que son los tiempos de la Corte– se hizo lugar al planteo estableciendo que el gobierno nacional tiene que compensar con recursos propios el impacto fiscal sobre las provincias. Es decir, la rebaja de impuestos se mantiene, pero las pérdidas de recaudación deberán ser asumidas íntegramente por la Nación sin afectar los ingresos de las provincias.
Un antecedente a tener en cuenta es que la AFIP recauda estos impuestos por cuenta y orden de las provincias y de manera diaria y automática los distribuye. Según la Comisión Federal de Impuestos (CFI), de la recaudación de todos los impuestos la AFIP detrae el 1,9% para su financiamiento. El resto lo distribuye de la siguiente forma:
Estos datos muestran que, en el caso de los dos principales impuestos, IVA y Ganancias, las provincias reciben una porción más alta que la Nación. Se da la situación inversa con el Monotributo, pero su relevancia es menor porque representa un ingreso minúsculo en comparación con los otros dos impuestos. El rechazo a que la Nación tome decisiones unilaterales e inconsultas en materia de estos dos impuestos se funda en que afectan de manera sensible los ingresos que legal y legítimamente pertenecen a las provincias.
La importancia del fallo no solo radica en la censura a una decisión unilateral de la Nación que afecta recursos provinciales. También es relevante porque toma como sustento los argumentos de la provincia de Entre Ríos, que sostiene que con la disminución de los recursos coparticipados se afecta los cometidos constitucionales básicos de las provincias. Estos son “… muy especialmente, aquellos que constituyen el núcleo de la garantía federal del art. 5° de la Constitución Nacional (administración de justicia, régimen municipal y educación) como aquellos otros que importan a la esfera prestacional de derechos fundamentales (alimentación, vivienda, salud, protección de la niñez y ancianidad, etc.) …”. La Corte está diciendo que el Estado Nacional tiene que respetar la coparticipación y además la distribución de funciones entre la Nación y las provincias. En la práctica, esto implica que se deberían desarticular los programas nacionales de educación, salud, vivienda y asistencia social por medio de los cuales la Nación se entromete en funciones que son responsabilidades de las provincias.
Lamentablemente la forma en que la Corte dispuso instrumentar estas decisiones esta cargada de demagogia e incoherencia. En lugar de disponer la derogación de los decretos e instar a que la Nación acuerde con las provincias las medidas tributarias que se consideren más pertinentes para enfrentar la crisis, opta por la demagógica decisión de mantener la baja de los impuestos, pero con la ambigua definición de que el Estado Nacional debe compensar los efectos sobre las provincias. Se trata de una visible incoherencia con otros fallos pronunciados por la Corte donde se estableció que jueces y jubilados no paguen Ganancias sin fijar ningún tipo de compensación por las pérdidas que esto significa.
Construir una organización federal sólida es vital para recuperar el crecimiento con equidad. El fallo, más allá de sus debilidades, es una nueva oportunidad para que el gobierno nacional y las provincias acuerden una distribución de recursos y responsabilidades más explícita y racional que la caótica situación actual.